TESTIMONIO: VISTO: Que por Ordenanza Nº 38/87 se autoriza al Hospital Municipal Sub-zonal de Balcarce, a transferir el derecho de uso por ocupación a favor del Cen-tro Hematológico de Balcarce, del sector afectado a cafetería ubicado en la Planta Baja de ese Centro Asistencial. Que dicho derecho venció el 24 de agosto de 1992- Que la entidad antes indicada prestó servicio para el público que asiste al nosocomio.- Que la misma ha solicitado la prórroga por igual término del dere-cho de uso y ocupación, y CONSIDERANDO: Que es fundamental de este Cuerpo Deliberante conferir el Derecho de uso y ocupación de bienes municipales a entidades de Bien Público, en virtud de lo legislado por el Artículo 56 de la Ley Orgánica. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 84/92 ------------------------------- ARTICULO 1.- Autorízase al Hospital Municipal de Balcarce "Dr. Felipe A. Fossa- ------------ ti", a prorrogar por el término de cinco (5) años contados a partir del 24 de agosto de 1992, la transferencia del derecho de uso y ocupación a fa-vor del Centro Hematológico de Balcarce, el sector afectado a cafetería, ubicado en la Planta Baja de ese Centro Asistencial.------------------------------------ ARTICULO 2.- La Dirección del Hospital y la entidad indicada en el artículo an- ------------ terior suscribirán el pertinente contrato el que regulará los as-pectos específicos del funcionamiento.----------------------------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los ocho días del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos. FIRMA-DO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---------